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Comuna 11

El sábado 12 de noviembre escribanos asesoran gratis a vecinos en Villa del Parque

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El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires asesorará sin costo a los vecinos de la Ciudad de Buenos Aires, el sábado 12 de noviembre entre las 10 y las 13, en el marco de las asesorías barriales «Cuidá lo tuyo».

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Las asesorías se realizarán en el Espacio Cultural Resurgimiento, José G. Artigas 2262, en Villa del Parque, donde se podrá realizar sin costo el trámite de afectación al régimen de protección de la vivienda, conocido como «bien de familia», y consultas sobre certificación de firmas en contratos de alquiler, hipotecas, testamentos, usucapión, entre otros.

El encuentro será en la sede de José G. Artigas 2262, que pertenece al Circuito de Espacios Culturales de la Dirección General de Promoción del Libro, las Bibliotecas y la Cultura del Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires.

Desde el Colegio también se informó que se atenderán las consultas de vecinos con temas jurídico-notariales, sin necesidad de reservar turno previamente.

También se podrán realizar consultas relacionadas a donaciones, reglamentos de copropiedad, aranceles, dudas sobre extravíos de  documentación, hipotecas, actos de autoprotección y directivas anticipadas, testamentos, herencias, usucapión, mediaciones, poderes, autorizaciones de viaje, legalizaciones de títulos y usufructos.

En cuanto a la documentación requerida para el trámite, el titular o los titulares de dominio debe concurrir con:

  • DNI del o de los titulares de dominio en original y fotocopia.
  • Si se designa beneficiario, acreditar el vínculo con el titular (Libreta, acta de matrimonio o partidas de nacimiento). Original y fotocopia.
  • Si el actual estado civil fuere distinto al que consta en el título de dominio, deberá acompañar la constancia que así lo acredita, en original y fotocopia.
  • Original y fotocopia del o de los testimonios de dominio inscriptos (escritura, declaratoria de herederos, adjudicación, subasta, etc.).

Por otro lado, también se podrá desafectar la protección de la vivienda de manera gratuita, trámite que siempre se puede realizar en la sede notarial.

El titular de dominio y su cónyuge, en caso de ser casado, o su conviviente, en caso de existir unión convivencial inscripta, deben concurrir con la siguiente documentación:

  • DNI del titular y cónyuge o conviviente inscripto en original y fotocopia.
  • Acta administrativa o testimonio notarial de afectación, en original.
  • Acreditación del estado civil, solo en los casos en que éste hubiera sido modificado con posterioridad al título de dominio, en original y fotocopia.

Si se desea dejar constancia de la desafectación del Régimen de Protección de la Vivienda en el título de dominio inscripto, se deberá presentar original y fotocopia de la documentación solicitada.

Es importante tener en cuenta de antemano que, para que un bien afectado al régimen de protección de la vivienda pueda ser vendido, debe ser desafectado previamente o en el momento en que se realiza la escritura de venta. Si el titular de dominio está casado o vive en unión convivencial inscripta, se requerirá la conformidad del cónyuge o del conviviente. También se requerirá dicha conformidad conyugal para que el bien pueda ser hipotecado.

En cuanto a quiénes pueden afectar su vivienda, la respuesta es todos. Si no designan beneficiarios –es decir, otras personas que puedan conjuntamente con el propietario estar amparadas por el beneficio de la protección–, se entiende que es el mismo constituyente. Si hay más de un titular y no existe parentesco entre ellos, se puede afectar mientras estén todos de acuerdo y al menos uno habite el inmueble.

En caso de vivir solo/a y no tener beneficiarios, también se podrá afectar. Lo estipula el Código Civil y Comercial de 2015, que contempla a las personas en esta condición.

Siempre y cuando la persona permanezca en el inmueble, como beneficiarios pueden ser designados el propietario constituyente, su cónyuge, su conviviente, sus ascendientes o descendientes; en defecto de ellos, sus parientes colaterales dentro del tercer grado que convivan con el constituyente (hermanos, tíos); conviviente mayor de edad con más de 2 años de convivencia.

Por último, cabe destacar que si el inmueble está hipotecado, también se podrá afectar. En este caso, no es necesario el consentimiento del acreedor hipotecario ni decir expresamente en la escritura que el beneficio de la vivienda familiar no es oponible a la hipoteca que el inmueble ya tiene.

Qué es Cuidá lo tuyo

La campaña Cuidá lo tuyo se inició en el año 2010, buscando ampliar el acceso de los ciudadanos a información que contribuya preventivamente con el cuidado de sus bienes. La premisa de este programa es acercar a los escribanos con los vecinos, asesorándolos en temas de incumbencia notarial. 

Durante estos 12 años, el Colegio recorrió unos 30 barrios porteños. En ese recorrido, clubes, bibliotecas populares, asociaciones de fomento prestaron sus instalaciones para realizar estos encuentros.

Otro eje fundamental de esta campaña fue la posibilidad de realizar, en forma gratuita, el trámite de afectación de la vivienda al régimen de bien de familia. En ese sentido, se constituyeron más de 2.000 protecciones a la vivienda familiar.

“Cuidá lo tuyo” no quedó solo en la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. Desde 2013, es replicado en más de 200 ciudades de Argentina, bajo la coordinación del Consejo Federal del Notariado Argentino con la Jornada Federal de Asesoramiento Notarial Gratuito “Escribanos en tu ciudad”.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la declaró de interés social en 2012 bajo el argumento del “acceso masivo de la población al conocimiento de sus derechos y de todos los instrumentos jurídicos adecuados para prevenir y cuidar su patrimonio”.

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