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Los médicos residentes no podrán superar las 64 horas semanales de trabajo

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Modificación al régimen de residencias médicas

A través de una ley aprobada por el Cuerpo parlamentario se definió que la permanencia requerida por el sistema de residencias médicas, incluyendo las guardias, no podrá superar las 64 horas semanales.El proyecto de autoría de los Diputados Rubén Campos y Claudio Presman (UCR) tuvo despacho favorable de la Comisión de Salud y pretende regularizar una situación que se da con la figura de los residentes «quienes sufren diversos atropellos en su capacitación de postgrado», según indican los fundamentos de la ley, que tomó en consideración el informe de la Organización Panamericana de la Salud sobre Residencias médicas en América Latina, que establece que una cantidad saludable de horas laborales oscila entre las 44 y 48 semanales:

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«Esta carga horaria podría sugerir análisis más profundos acerca del stress generado en los residentes durante el período de la residencia. Algunos estudios realizados en médicos residentes mencionan que la sobrecarga de horas de trabajo produce elevados índices de despersonalización y agotamiento emocional, sosteniéndose que la condición para desarrollar el síndrome de desgaste o agotamiento profesional (burnout) está relacionada fundamentalmente con las características de las organizaciones más que con las personales».

Los autores también destacan que «las malas condiciones de trabajo de los equipos de residentes no sólo afectan a ellos mismos, sino que los pacientes también se vuelven víctimas de esta situación al percibir una atención deficitaria».

Con la modificación de los incisos a), b), c) y d) del artículo 26 de la Ordenanza N° 40.997 se establece que: «…La cantidad de horas semanales requeridas por el sistema de residencias médicas, incluyendo las guardias, no podrá superar las 64 horas semanales».

Otro dato importante es que a partir de la aprobación de esta ley, la jornada de trabajo será cumplida durante 4 días hábiles, en el horario de 8 a 17. También, los residentes realizarán como máximo 28 horas de guardia supervisada por semana, durante todos los años de la residencia, pudiendo realizar guardias de 24 horas corridas que comenzarán a las 8 horas de ese día, cumpliendo las 4 horas restantes en guardias rotativas.

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